Retorno a la actividad presencial del personal que ha recibido la vacuna COVID-19

Se comunica a todo el personal que presta servicios en el Yacimiento, que en el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por Decreto N° 260/2020, a consecuencia de la Pandemia decretada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19; la Decisión Administrativa 450/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación; el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 297/20; la Resolución 4/21 del Ministerio de Salud de la Nación en conjunto con el Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social de la Nación; La Resolución Nº RESOL-2021-62-APN-SGYEP#JGM de la Secretaria de Gestión de Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, aquellos trabajadores y trabajadoras que se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo, ya sea por su patología y/o edad y que hayan recibido la primera dosis de la vacuna contra el COVID-19 transcurrido catorce (14) días de su aplicación, deberán reincorporarse a sus tareas normales y habituales en YCRT, a excepción de aquellos agentes que cumplan tareas bajo la órbita de la Subgerencia de Mina, los cuales deberán estar a disposición del servicio de YCRT para su correspondiente convocatoria.

Todo ello en concordancia con las normas enunciadas.

Asimismo se les informa que deberán remitir constancia de vacunación al Departamento Medicina por los medios que fueran informados en su oportunidad.